Updated November 3, 2026
Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral: 75 euros, permiso retribuido y 5 horas
La dieta del 29N es de 75 euros según la Orden INT/650/2026. Quién la cobra, qué pasa con los suplentes y los derechos laborales: permiso retribuido y 5 horas al día siguiente.
75 euros por el día: la cifra oficial del 29N
Ser miembro de una mesa electoral no se paga con un sueldo, sino con una dieta. Y para las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 la cantidad está fijada oficialmente: 75 euros por la jornada electoral, según la Orden INT/650/2026. Es un poco más que en las generales de 2023, cuando la dieta fue de 70 euros, pero sigue siendo lo que es: una compensación por un día muy largo, no un salario.
Quién cobra la dieta y quién no
La cobran íntegra los tres miembros que componen la mesa y trabajan la jornada: el presidente y los dos vocales. Los suplentes, en cambio, solo perciben la dieta si acaban sustituyendo a un titular y pasan a formar parte de la mesa. Presentarte a las 8:00 como suplente y no tener que sentarte porque han acudido todos los titulares no genera derecho a la dieta.
Esto enlaza con algo que mucha gente no sabe hasta que le llega la carta: los suplentes están obligados a acudir a las 8:00 igual que los titulares, porque la mesa se constituye a esa hora y es entonces cuando se comprueba quién falta. Si aún estás en la fase de confirmar tu designación, la guía sobre cómo saber si te ha tocado mesa electoral el 29N explica cómo llega la notificación y qué contiene.
Una jornada larga a cambio
Haz la cuenta de horas: hay que estar en el colegio a las 8:00, la votación dura hasta las 20:00 y después falta el escrutinio completo. Son fácilmente doce horas o más entre constitución, jornada y recuento. Visto así, la dieta de 75 euros no pretende pagar cada hora como un empleo: es la compensación que fija la ley, la misma para el presidente que para los vocales, y se suma a los derechos laborales que vienen a continuación. Nadie tiene que "solicitarla" a terceros ni pagar por gestionarla: es un derecho de quien forma parte de la mesa.
El permiso retribuido: tu empresa no te puede descontar el día
El dinero no es la única compensación. Si el domingo 29 de noviembre es para ti un día laborable — piénsalo si trabajas en comercio, hostelería, sanidad o servicios con turnos de fin de semana —, tienes derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada del día electoral. La empresa no puede descontarte ese día del sueldo ni obligarte a recuperarlo.
Y hay un segundo derecho que se suma: el día siguiente a las elecciones puedes reducir tu jornada laboral en cinco horas. Tiene su lógica: la jornada de mesa empieza a las 8:00 con la constitución, la votación va de 9:00 a 20:00 y después viene el escrutinio, que se alarga hasta contar la última papeleta. Nadie debería encadenar ese día con una jornada completa a las pocas horas.
Para hacer valer ambos derechos, conserva tu notificación y, una vez cumplida la jornada, pide en tu mesa el justificante de haber ejercido el cargo. Es el documento que tu empresa te pedirá para aplicar el permiso y la reducción. El resumen de derechos y obligaciones está también en la guía completa de la mesa electoral del 29N.
¿Merece la pena intentar librarse por no perder el día?
Con el permiso retribuido y las cinco horas del lunes sobre la mesa, el perjuicio laboral de ser designado es menor de lo que parece a primera vista. Otra cosa es que tengas una causa real de impedimento: entonces el cauce no es negociar con tu empresa, sino alegar ante la Junta Electoral de Zona en el plazo de siete días desde la notificación, como detallamos en la guía de excusas aceptadas y alegaciones en 7 días.
Lo que no compensa en ningún caso es faltar sin excusa aceptada. No presentarte en tu mesa es un delito electoral, con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Frente a eso, 75 euros, el día pagado y las cinco horas del día siguiente forman un trato bastante más razonable.
Resumen rápido
- Dieta del día electoral: 75 euros (Orden INT/650/2026).
- La cobran entera presidente y vocales; los suplentes, solo si sustituyen.
- Si el 29N es laborable para ti: permiso retribuido toda la jornada.
- Al día siguiente: reducción de jornada de cinco horas.
- Guarda la notificación y pide el justificante del cargo para tu empresa.